La declaración de Río

Proclama que:
PRINCIPIO 1
Los seres humanos constituyen
el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible.
Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonia con la naturaleza.
PRINCIPIO 2
De conformidad con la Carta de
las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, los Estados
tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos según sus propias
politicas ambientales y de desarrollo, y la responsabilidad de velar por que
las actividades realizadas dentro de su jurisdicción o bajo su control no
causen daños al medio ambiente de otros Estados o de zonas que estén fuera de
los limítes de la jurisdicción nacional.
PRINCIPIO 3
El derecho al desarrollo debe
ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de
desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras.
PRINCIPIO 4
A fin de alcanzar el
desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte
integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada.
PRINCIPIO 5
Todos los Estados y todas las
personas deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la pobreza como
requisito indispensable del desarrollo sostenible, a fin de reducir las
disparidades en los niveles de vida y responder mejor a las necesidades de la
mayoría de los pueblos del mundo.
PRINCIPIO 6

PRINCIPIO 7
Los Estados deberán cooperar
con espíritu de solidaridad mundial para conservar, proteger y restablecer la
salud y la integridad del ecosistema de la Tierra. En vista de que han
contribuido en distinta medida a la degradación del medio ambiente mundial, los
Estados tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas. Los países
desarrollados reconocen la responsabilidad que les cabe en la búsqueda
internacional del desarrollo sostenible, en vista de las presiones que sus
sociedades ejercen en el medio ambiente mundial y de las tecnologías y los
recursos financieros de que disponen.
PRINCIPIO 8
Para alcanzar el desarrollo
sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados
deberían reducir y eliminar las modalidades de producción y consumo
insostenibles y fomentar políticas demográficas apropiadas.
PRINCIPIO 9
Los Estados deberían cooperar
en el fortalecimiento de su propia capacidad de lograr el desarrollo
sostenible, aumentando el saber científico mediante el intercambio de
conocimientos científicos y tecnológicos, e intensificando el desarrollo, la
adaptación, la difusión y la transferencia de tecnologías, entre estas, tecnologías
nuevas e innovadoras.
PRINCIPIO 10

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